El martes 13/11, en el plenario de comisiones de
agricultura, presupuesto y legislación de diputados, los legisladores que
responden al gobierno firmaron el dictamen y avanzan hacia votar en el recinto
una nueva Ley de Semillas.
¿Hasta dónde se puede extender el
uso de patentes para obtener un rédito económico?
La reforma de la Ley N° 20.247 del 30 de marzo de 1973 de Semillas y
Creaciones Fitogenéticas busca introducir la figura del
“Obtentor” al texto de ley. Así el productor que cree, descubra y/o desarrolle
una variedad de semilla tendrá la exclusividad de disponer libremente del
commodity, ya sea para comercializarlo directamente o cobrar regalías por la
producción y comercialización realizada por terceros. La ley sancionada en el 73’ garantizaba el “uso
propio” un mecanismo compensatorio que las empresas dejaron a los productores
frente a la pseudo dependencia con las empresas comercializadoras que devendría
de luego de implementada la norma.
El “derecho de obtentor” desplaza
al otrora derecho de “uso propio” que tenían los productores, y que, de
aprobarse la reforma de la ley se transferiría a las compañías agrotóxicas y
grandes productores. Por medio de esa figura legal cualquier rasgo distintivo
de una semilla es plausible de ser apropiado por las firmas. Cercenando la
posibilidad a pequeños latifundistas y comunidades indígenas, de reservar parte
de su cosecha para su reutilización en la próxima cosecha.
El Instituto Nacional de
Semillas tendrá la “facultad exclusiva de fijar los umbrales mínimos de
detección de tecnología que habilitarán la percepción de cargos por derechos de
propiedad intelectual”, quedando exceptuados del pago: 1) Agricultores
familiares que reúnen los requisitos previstos en la Ley N° 27.118 (Ley de
reparación histórica, nunca reglamentada);
2) Pueblos originarios que en el contexto de prácticas de agricultura familiar
o en un ámbito agrícola comunitario tradicional intercambien o vendan entre
ellos semillas u otro material de propagación; 3) Agricultores que estén
encuadrados en el ejercicio inmediato anterior en los parámetros de facturación
que definen la categoría de Micropyme. Habilitando así, al titular del derecho
de una variedad protegida a requerir el pago correspondiente a quien reserve y
utilice semilla para su uso propio en cada posterior propagación o
multiplicación.
En el artículo 10 prevé
incorporar el inciso k) al artículo 87, lo que permitiría “Deducciones
Especiales de la Tercera Categoría” de la Ley de Impuesto a las Ganancias,
descontando los productores, una vez y media (1.5) los importes abonados en
concepto de adquisición de semilla fiscalizada”. Lo que implica que cuando un
productor compre una bolsa de semillas, en importe correspondiente al “uso
propio oneroso” va a poder descontarlo de lo que le corresponda pagar por
Impuesto a las Ganancias. Si paga $1000 por regalías va a poder descontar $1500
de ganancias, desfinanciando al Estado y profundizando la regresividad de la
estructura impositiva nacional.
El sistema está
basado en el incremento exponencial de las hectáreas cultivadas para el incremento
a su vez, de ganancias empresarias que permitan justificar el presente sistema
mercantil. No solo implica un modo productivo insustentable, sino que lo
convierte esencialmente en un mecanismo frágil, vulnerable y autodestructivo.
La constante superación del margen de renta extraordinaria que se puede obtener
del suelo es el principal escollo que la ciencia biotecnológica patea año a
año, burlando el curso natural del agotamiento del agua y de los suelos. La
saturación de recursos aparentemente ilimitados o renovables, los transforma en
extinguibles y por el desenfreno productivo, acaban como cualquier otro insumo
subsumidos en la producción. Téngase por ejemplo el aire contaminado en las
grandes metrópolis fabriles, cursos de agua, etc.
La reforma en la ley de semillas es un hecho transversal a todos los
partidos políticos sin importar la procedencia ideológica. Ya que, basados en
la visión positiva del crecimiento económico, los gobiernos encuentran muy
atractiva la idea de aumentar las exportaciones con un mayor rinde, obtener
ingentes ingresos del comercio internacional, aumentar las reservas
internacionales de divisas en el Central, tener superávit externo y todas las
promesas que las corporaciones enuncian a los partidos cuando buscan que les
aprueben tales medidas. Medidas que, en última instancia, no hacen más que
incrementar la brecha de poder que existe entre empresas y la política (y más
aun las que se benefician de las necesidades básicas humanas).
El avance tecnológico también cimenta su razón de ser en una visión
positiva, evocando la capacidad que tiene la ciencia de mejorar el bienestar
humano. Pero como toda herramienta puede ser utilizada para crear o destruir.
En 1973 los limitantes propios de las ciencias químicas y biológicas no hacían
posible la mega diferenciación de las semillas que es posible hoy con los
avanzados mecanismos técnicos.
Es el nacimiento de un mercado oligopólico desde su origen, ya que las 6
empresas que controlan el mercado de commodities son las que poseen a su vez
los medios para investigar y desarrollar los mecanismos de diferenciación
biológica que les permitan patentar una variedad particular de semilla. No se
está en igualdad de condiciones y la competencia se tornaría inviable.
La soberanía alimentaria está lejos de ser una mera consigna de enfervorizados
grupos de ultraizquierda que se oponen al avance del progreso social. Pese a la
indiferencia ciudadana y al desconocimiento, el problema agroecológico afecta a
todas las personas que consumen o alguna vez consumieron frutas y vegetales. No
hace falta vivir cerca de las plantaciones de Maíz, girasol, algodón, soja,
etc., para estar infectado con agrotóxicos. Los fertilizantes y pesticidas
utilizados en la producción frutihortícola se impregnan en las cáscaras de las
verduras y frutas que son ingeridas incluso en la pasiva ciudad.
No se trata de criminalizar a BASF, Bayer, Dupont, Dow
Chemical Company, Monsanto, y Syngenta sino de balancear el poder
apabullante que concentran, y que, sí busca criminalizar, perseguir y hostigar
a pequeños productores y comunidades aborígenes que practican la agricultura de
subsistencia y se sostienen gracias al desarrollo de sus propios medios de
producción, mucho antes que la existencia del capitalismo.
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